Son operaciones amparadas en el Decreto 1555 de 2.017, en donde se establece que los pagos o abonos en cuenta por concepto de transacciones de bienes o productos de origen agrícola, pecuario y/o pesquero, sin procesamiento industrial o con transformación industrial primaria, que se realicen o registren a través de las bolsas de productos agropecuarios legalmente constituidas en los sistemas administrados por éstas, no están sometidos a retención en la fuente, cualquiera fuere su cuantía.
Operaciones de Registro de facturas
CARACTERÍSTICAS
- Mejora tu liquidez: optimiza el flujo de caja registrando facturas de forma ágil.
- Beneficios tributarios: acceso a exención de retención en la fuente (según aplique) y recibes el valor total de las transacciones.
- Alternativa de financiación: solución no bancaria diseñada para el sector agropecuario/agroindustrial.
- Más rentabilidad: evitas descuentos tributarios en pagos o abonos en cuenta.
- Proceso simple y confiable: registro con respaldo y seguridad.
- Impulso a tu negocio: formalización y acceso a un entorno que favorece el crecimiento.
- Información que genera valor: contribuye a formación de precios y estadísticas del mercado.
TARIFAS
- Consulta aquí la Política de Comisiones (PDF): (POLITICAS-DE-COMISI_N-vr.-0.5.pdf).
Beneficios del Registro de Facturas de Venta Persona Natural y Persona Jurídica
- Genera flujo de caja (liquidez).
- Libera cupos de crédito con las entidades financieras.
- Mejora el perfil de indicadores de endeudamiento.
- Los Costos de la operación son deducibles de impuestos.
- Evita el aumento de saldos a favor en la Dian.
- Evita el proceso de solicitud de saldos a favor a la Dian.
Beneficios de Registro de Facturas de Compra Persona Natural y Persona Jurídica
- Medio para ordenar y legalizar la contabilidad.
- Generar valor agregado y fidelidad a los proveedores “Agricultor, Productor”-
- Los costos de la operación son deducibles de impuestos.
- Se permite el registro a través de documento equivalente o documentos soporte (facturación electrónica).
DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS CONSUMIDORES FINANCIEROS
Derechos:
- Que tu información se use solo para el fin del registro, no para fines comerciales sin autorización.
- Ser informado si Reyca S.A. decide abstenerse del registro por no cumplirse condiciones.
- Que tus datos personales y de operaciones se traten conforme a la política de privacidad de Reyca S.A.
- Recibir información y explicaciones sobre reglamentos, manual de comisiones y sistemas de riesgo antes de firmar.
Obligaciones:
- Conocer y acatar reglamentos de funcionamiento de la Bolsa Mercantil de Colombia y normativa aplicable.
- Pagar comisión y costos según tarifas publicadas en el Manual/Política de Comisiones de Reyca S.A. dentro de los plazos pactados.
- Garantizar la veracidad de la información contenida en facturas o reportes.
- Asumir el riesgo y responsabilidad si la operación no cumple parámetros normativos aplicables.
- Es de fácil acceso
- Mejora el flujo de caja
- No consume cupo de crédito y,
- Genera información estadística de precios que puede ser consultada
Con el propósito de brindar una herramienta sólida a nuestros Consumidores Financieros con el fin que tomen decisiones acertadas, seguras y confiables, REYCA S.A. ha dispuesto este documento que contiene una descripción general de los principales aspectos a tener en cuenta al vincularse en esta Sociedad Comisionista para realizar operaciones de Registro de Facturas, así como toda la regulación aplicable a la misma, esto es;
- Reglamento de la Bolsa Mercantil de Colombia:
- Se recomienda tener en cuenta el Libro Tercero título noveno Registro de Facturas.
- Se puede consultar en la página web de la Bolsa Mercantil de Colombia: https://www.bolsamercantil.com.co/regulacion
- Circular Única de la Bolsa Mercantil de Colombia:
- Se recomienda tener en cuenta el Libro Tercero Registro de Facturas.
- Se puede consultar en la página web de la Bolsa Mercantil de Colombia: https://www.bolsamercantil.com.co/regulacion
- Decreto 1555 de 2017:
- Por el cual se sustituye el artículo 1.2.4.6.10. del Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en materia tributaria.
- Concepto Técnico “BIEN O PRODUCTO DE ORIGEN AGRICOLA O PECUARIO SIN TRANSFORMACIÓN INDUSTRIAL PRIMARIA” expedido por CORPOICA:
- Concepto que define: (i) bien o producto de origen agricola o pecuario sin transformación industrial primaria y (ii) bien o producto de origen agricola o pecuario con transformación industrial primaria.
- Link: .D-Concepto-Corpoica.pdf
- Concepto Técnico “PRODUCTOS DE TRANSFORMACIÓN PRIMARIA AGROINDUSTRIAL” expedido por AGROSAVIA:
- Concepto que hace: (i) una revisión técnico-científica de los conceptos previos sobre productos agropecuarios sin transformación o procesamiento agroindustrial y productos agropecuarios con transformación o procesamiento primario agroindustrial y (ii) una delimitación de los niveles de transformación de materias primas de origen agropecuario y las actividades de transformación asociadas a estos (operaciones unitarias).
- Mandato para realizar operaciones de registrosobre productos de orígen agrícola o pecuario, sin procesamiento industrial o con transformaión industrial primaria.
- Planilla Registro de facturasde Reyca S.A.
- Simulador Registro de facturas:
- Este archivo se entregará a cada cliente una vez sea vinculado a Reyca S.A.
A continuación, se detallan unas recomendaciones importantes para nuestros clientes:
- La información registrada debe ser veraz, completa y consistente.
- La información debe corresponder a transacciones realmente realizadas.
- La información debe coincidir con sus registros contables.
- Debe conocer el alcance del Decreto 1555 de 2017 y la correcta clasificación del producto.
- La factura debe registrarse dentro de los 180 días calendario siguientes a su fecha de expedición.
Para más información, puedes consultar nuestra guía rápida de registro de facturas: Guia de registro de facturas.
¡Permítanos mejorar su negocio!
Asesórese con nosotros y goce de los beneficios que ofrece la Bolsa Mercantil de Colombia.

